Sanciones Verifactu: qué multas prevé la ley y a quién
Las cifras que circulan —50.000 €, 150.000 €— son reales, pero no se aplican a todo el mundo ni por cualquier cosa. Aquí tienes quién puede ser sancionado, por qué conducta y con qué cuantía.
Antes de seguir
Esta página es informativa, no asesoramiento jurídico. Las cuantías provienen del artículo 201 bis de la Ley General Tributaria y de su desarrollo reglamentario; su aplicación concreta depende de cada caso. Si te han abierto un expediente, habla con un abogado.
De dónde salen las multas
No las crea el reglamento de Verifactu. Vienen del artículo 201 bis de la LGT, introducido por la ley antifraude de 2021, que tipificó como infracción tanto fabricar sistemas que permitan la doble contabilidad como tenerlos sin certificar. Verifactu es el reglamento que define qué se considera conforme.
Las dos cuantías
| Conducta | A quién | Cuantía |
|---|---|---|
| Producir o comercializar sistemas que permitan llevar contabilidades distintas, no reflejar operaciones o alterar registros | Fabricantes y distribuidores | 150.000 € |
| Tener sistemas no certificados o alterar los certificados | Quien los usa: tú | 50.000 € |
Ambas son «por ejercicio». En el caso de los fabricantes, además, por cada tipo de sistema distinto comercializado.
Qué se sanciona exactamente
No se sanciona equivocarse en una factura. Se sanciona el sistema y su manipulación:
- 1Usar un programa que permita llevar dos contabilidades a la vez.
- 2Usar un programa que permita borrar o reescribir facturas sin dejar rastro.
- 3Desactivar el envío, el encadenado o el registro de eventos de un programa que sí es conforme.
- 4Alterar o falsear la declaración responsable o el certificado del programa.
Si eres el usuario: el riesgo realista
Para un autónomo o una pyme que factura de buena fe, el escenario probable no es la multa de 50.000 €: es un requerimiento pidiendo los registros y una regularización si no puedes aportarlos. La sanción grave está pensada para la manipulación deliberada. Dicho eso, seguir emitiendo con Excel después de tu fecha límite te deja sin defensa.
Si vendes o desarrollas software
Tu obligación es anterior: desde el 29 de julio de 2025 no puedes ofrecer programas no conformes, y cada sistema debe ir acompañado de una declaración responsable. La cuantía se multiplica por tipo de sistema y ejercicio, lo que en un catálogo amplio escala rápido.
Cómo reducir el riesgo esta semana
- 1Pide y archiva la declaración responsable de tu programa.
- 2Comprueba que puedes exportar el libro registro y hazlo una vez al trimestre.
- 3No desactives nunca opciones de «envío» o «registro» para ir más rápido.
- 4Si emites desde varios sitios, unifica antes de tu fecha límite.
Evitar el problema de raíz
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Ley 58/2003, General Tributaria (BOE-A-2003-23186), artículo 201 bis · Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre (BOE-A-2023-24840) · Sistemas informáticos de facturación y VERI*FACTU, sede electrónica de la AEAT. Enlaces comprobados el 22·08·2026.