Actualizado el 23 de agosto de 2026 · RD 1007/2023 y Orden HAC/1177/2024Actualizado 23 ago 2026

Preguntas frecuentes sobre Verifactu

Dieciocho preguntas reales, con la respuesta más corta que podemos dar sin mentir. Todas las respuestas están a la vista: nada que desplegar.

Lo básico

¿Verifactu es obligatorio para todos los autónomos?

Para casi todos. Es obligatorio si eres empresario o profesional con obligación de expedir factura y no estás acogido al SII ni excluido por normativa foral. Quedan fuera quienes ya están en el suministro inmediato de información y quienes no tienen obligación de facturar.

¿Puedo seguir facturando con Excel o Word?

Hasta tu fecha límite, sí. Después, no: la factura tiene que nacer en un sistema que genere el registro, lo encadene y no permita borrarlo. Una hoja de cálculo no puede hacer eso por definición.

Las facturas que ya emitiste con Excel no hay que rehacerlas.

¿Verifactu y la factura electrónica obligatoria son lo mismo?

No. Verifactu regula cómo tu programa genera y conserva la factura. La factura electrónica obligatoria, de la Ley Crea y Crece, regula el formato en que se la envías a tu cliente. Son dos normas con dos calendarios distintos, y acabarás cumpliendo las dos.

¿Tengo que darme de alta en algún censo?

No hay un trámite previo que hacer. El alta se produce de hecho con el primer registro que tu programa envía a la AEAT.

Fechas

¿Cuál es mi fecha exacta?

1 de enero de 2027 si tributas por el Impuesto de Sociedades (SL, SA…). 1 de julio de 2027 en el resto de casos, incluidos los autónomos en IRPF. Los fabricantes de software están obligados desde el 29 de julio de 2025.

¿Puedo pedir una prórroga?

No existe una prórroga individual. Las prórrogas que ha habido fueron generales y las aprobó el Gobierno modificando el calendario.

¿Qué pasa si me cambio de programa a mitad de año?

Nada malo, siempre que no dupliques numeración. Cierra la serie en el programa viejo, déjalo en solo lectura y arranca la serie nueva desde el siguiente número.

Software

¿Necesito un programa homologado o certificado?

La norma no crea un sello oficial de homologación. Lo que exige es que el fabricante emita una declaración responsable de que el sistema cumple. Pídela y guárdala: es tu prueba.

¿Hay opciones gratuitas?

Sí. La AEAT ofrece una aplicación gratuita para emitir en modalidad Verifactu, y algunos programas comerciales tienen plan gratuito con límites. Lo desglosamos en software gratis.

¿Qué diferencia hay entre Verifactu y «no verificable»?

En modalidad Verifactu tu programa envía cada registro a la AEAT y tus obligaciones de conservación son ligeras. En modalidad no verificable no hay envío, pero tienes que firmar los registros, conservarlos y poder aportarlos tú. Para la mayoría, Verifactu es más cómodo.

Mi asesor emite mis facturas. ¿Me afecta?

Sí, sigues siendo el obligado. El programa con el que tu asesor emite tiene que ser conforme. Pídeselo por escrito.

En el día a día

¿Puedo anular o corregir una factura?

Corregir, sí: con una factura rectificativa, que genera su propio registro. Borrar, no. Si anulas, el sistema crea un registro de anulación y la factura original permanece.

¿Qué es el QR que aparecerá en mis facturas?

Un código que permite a tu cliente comprobar en la sede electrónica de la AEAT que la factura está declarada. Lo genera el programa; tú no tienes que hacer nada.

¿Tengo que poner alguna leyenda en la factura?

Solo si estás en modalidad Verifactu: «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT». Si estás en no verificable, no puedes usarla.

¿Se envían mis facturas completas a Hacienda?

No se envía el PDF ni el detalle comercial. Se envían los datos fiscales del registro: emisor, receptor, fecha, base, tipo y cuota, entre otros.

¿Y si me quedo sin internet?

El programa guarda el registro y lo envía cuando recuperas la conexión. La factura se emite igual: el envío puede diferirse, la generación del registro no.

Sanciones

¿Cuánto me pueden multar?

El artículo 201 bis de la LGT prevé 50.000 € por ejercicio por tener sistemas no certificados y 150.000 € por producir o comercializar sistemas no conformes. Está pensado para la manipulación deliberada; lo explicamos con matices en sanciones.

¿Me pueden sancionar por equivocarme en una factura?

Por el error en sí, no: se corrige con una rectificativa. Lo que se sanciona es el sistema —usar uno no conforme o desactivar sus controles—.

Fuentes

Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre (BOE-A-2023-24840) · Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre (BOE-A-2024-22138) · Ley 58/2003, General Tributaria (BOE-A-2003-23186), artículo 201 bis · Preguntas frecuentes de la AEAT sobre VERI*FACTU. Enlaces comprobados el 22·08·2026.

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