Actualizado el 23 de agosto de 2026 · RD 1007/2023 y Orden HAC/1177/2024Actualizado 23 ago 2026

Qué es Verifactu: la norma explicada en 4 minutos

Verifactu es el nombre corto del reglamento que obliga a que tus facturas las emita un programa que Hacienda pueda verificar. No cambia lo que facturas ni cuánto pagas: cambia cómo se genera y se guarda cada factura.

Qué es Verifactu

El Real Decreto 1007/2023 aprueba el reglamento de requisitos de los sistemas informáticos de facturación. Su objetivo declarado es evitar el borrado y la manipulación de facturas: la llamada «doble contabilidad». La Orden HAC/1177/2024 concreta los detalles técnicos —formato de los registros, huellas, QR y cómo se envían a la AEAT—.

En la práctica, la norma obliga a tres cosas: que tu programa genere un registro por cada factura, que ese registro sea inalterable y que puedas demostrarlo ante una inspección.

Qué es un registro de facturación

Cada vez que emites una factura, el programa crea en paralelo un archivo con los datos fiscales de esa factura: emisor, receptor, base, cuota, tipo, fecha, número de serie. Ese archivo es el registro de alta. Si anulas la factura, se crea un registro de anulación —la factura original no se borra nunca—.

Lo que hace tu programa hoy
Lo que hará con Verifactu
  • Guarda un PDF que puedes editar o borrar
  • Permite reutilizar un número de factura
  • No deja rastro de los cambios
  • Genera un registro firmado por cada factura
  • Encadena cada registro con la huella del anterior
  • Guarda un registro de eventos que no puedes tocar

El encadenamiento es la parte que suele sorprender: cada registro incluye la huella del anterior. Si se elimina uno del medio, la cadena deja de cuadrar y eso es exactamente lo que una inspección puede comprobar en minutos.

Verifactu o «no verificable»: tienes que elegir

El reglamento permite dos modalidades y la eliges al configurar tu programa. No es una decisión menor y conviene tomarla antes de contratar nada.

Diferencias entre la modalidad Verifactu y la modalidad no verificable
 Modalidad VerifactuNo verificable
Envío a la AEATInmediato, factura a facturaNo hay envío
Leyenda en la factura«Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT»Solo el QR
Tus obligaciones de conservaciónLigeras: la AEAT ya tiene los registrosReforzadas: conservas y aportas tú
Huella y encadenadoObligatoriosObligatorios + firma electrónica

Para la mayoría de autónomos y pymes, la modalidad Verifactu es la sensata: menos obligaciones propias a cambio de enviar los registros.

Qué no es Verifactu

Se confunde con dos cosas distintas y conviene separarlas:

  1. 1No es la factura electrónica obligatoria. Esa viene de la Ley Crea y Crece y regula el formato en que envías la factura a tu cliente. Verifactu regula cómo la genera tu programa. Son normas distintas, con calendarios distintos.
  2. 2No es el SII. Si ya estás en el suministro inmediato de información, no te aplica Verifactu.
  3. 3No es un programa de Hacienda. La AEAT ofrece una aplicación básica gratuita, pero la norma no te obliga a usarla: puedes usar cualquier programa conforme.

Quién queda obligado

Empresarios y profesionales con obligación de expedir factura que no estén en el SII ni excluidos por normativa foral. Es decir: casi todos. Las fechas dependen de tu figura fiscal, y las tienes desglosadas en fechas y plazos.

La confusión más habitual

«Mi asesor me lleva las facturas, así que no me afecta». Si el asesor emite las facturas con su programa, el programa tiene que ser conforme y tú sigues siendo el obligado. Pídeselo por escrito antes de fin de año.

Qué tienes que hacer, en orden

  1. 1Averigua tu fecha límite: enero o julio de 2027.
  2. 2Pregunta a tu proveedor actual si su programa será conforme y en qué modalidad.
  3. 3Si no lo va a ser, elige otro y pruébalo antes de cerrar trimestre.
  4. 4Migra clientes y series de numeración con el trimestre cerrado.

Siguiente paso

Ya sabes qué es. ¿Te toca en enero o en julio?

El calendario completo con las dos prórrogas y qué pasa si te pilla el toro.

Ver fechas y plazos
Cómo verificamos esto

Cada dato de esta página está contrastado con el BOE y con la documentación técnica de la AEAT. Cuando la norma cambia, cambiamos la página y lo anotamos en el historial de revisiones. No aceptamos pagos por aparecer en las guías.

Fuentes

Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre (BOE-A-2023-24840) · Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre (BOE-A-2024-22138) · Sistemas informáticos de facturación y VERI*FACTU, sede electrónica de la AEAT. Enlaces comprobados el 22·08·2026.

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